Los cinco Estados Miembros tienen una superficie aproximada de 4.710.000 kilómetros cuadrados, que se extienden desde las costas del Caribe hasta las del Pacífico, en una región articulada por la Cordillera de los Andes, rica en recursos energéticos, minerales, ictiològicas, agrícolas y forestales.
La población de la Comunidad Andina asciende a unos 105 millones de habitantes y el Producto Bruto Interno supera los 286 mil millones de dólares. En 1998, las exportaciones andinas al mundo totalizaron 38.000 millones de dólares y las intracomunitarias se ubicaron en 5600 millones de dólares, manteniendo tasas interrumpidas de crecimiento a lo largo de la década.
OBJETIVOS:
Los principales objetivos de la Comunidad Andina son:
*Promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social.
*Acelerar su crecimiento y la generación de empleo.
*Impulsar su crecimiento y la generación de empleo.
*Impulsar su participación en el proceso de integración regional con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano.
*Disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países miembros en el contexto económico internacional.
*Procurar el mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes.
ORGANOS E INSTITUCIONES:
El Sistema Andino de Integración (SAI) es la estructura que articula y permite coordinar al conjunto de órganos y convenios que forman parte de la Comunidad Andina.
El órgano máximo del SI es el Consejo Presidencial Andino. Los órganos de dirección y decisión son el Concejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión de la Comunidad Andina, integrada esta última por los Ministros de Comercio e Integración. En una reunión ampliada, la comisión puede incorporar a otros miembros.
La secretaría General de la comunidad Andina es el órgano ejecutivo que se encarga de administrar el proceso, velar por el cumplimiento de los compromisos comunitarios y presentar iniciativas y propuestas de Decisión. Su cede está en Lima (Perú) y está dirigida por un Secretario General, Elegido por consenso por un periodo de 5 años.
MARCO JURIDICO:
El acuerdo de Cartagena es el instrumento jurídico internacional básico de la integración andina, por el cual se fijan sus objetivos se definen sus mecanismos y se establece su estructura institucional.
El tratado de Creación Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena, suscrito el 28 de mayo de 1979, establece el órgano jurisdiccional de la parte de integración; señala las normas que forman parte del ordenamiento jurídico de la integración y consagra el principio de aplicabilidad directa y el carácter vinculante de las decisiones.
La Comunidad Andina cuenta también con otras normas que emanan de los órganos del Sistema Andino de integración. Ellas son: Las decisiones aprobadas por la comisión de la Comunidad Andina y por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y las Relaciones Exteriores y las Resoluciones aprobadas por la Secretaria General de la Comunidad Andina.
DESAFIOS COMUNITARIOS:
La transformación de un proceso de unión aduanera es un proyecto de Comunidad de Naciones amplió sustancialmente el panorama de la integración andina. Dentro de esta perspectiva, en vísperas del siglo XXI, cinco son los grandes desafíos que enfrentará el proceso iniciado hace tres décadas.
*Construir el mercado común: Esta tarea requerirá profundizar la harmonización de políticas macroeconómicas, monetarias, cambiarias y fiscales; avanzar en la integración de los mercados financieros y de capitales; concretar la libre circulación de personas y la integración del mercado laboral entre los Países Miembros y armonizar las políticas económicas de carácter comercial trato nacional y derecho de establecimiento entre otras.
*Profundizar el proceso integracionista mediante la garantía de una sana competencia, la seguridad del funcionamiento transparente del mercado ampliado, servicios, la conformación de la política Agropecuaria Común Andina y el impulso al desarrollo de la infraestructura y la articulación de los Países Miembros.
*Poner en pràctica una Política Exterior Común para fortalecer la identidad, los valores y los derechos e intereses común, propiciar la articulación y convergencia con los demás procesos de integración regional y garantizar una mayor presencia e influencia en el escenario internacional.
*Desarrollar una agenda social que sea consistente con los objetivos de garantizar la participación de los ciudadanos en los beneficios de la integración, promover la erradicación de la pobreza y la atención de las necesidades de las zonas deprimidas y diseñar una política sociolaboral, educativa, y cultural, que permita la construcción de una identidad andina.
*Fortalecer las instituciones comunitarias y consolidar el Sistema Andino de Integración.
RELACIONES EXTERNAS:
Dentro de una estrategia de regionalismo abierto, la Comunidad Andina ha suscrito en abril de 1998 un Acuerdo Marco con el MERCOSUR para la creación de una Zona de Libre Comercio; firmó un marco General para un acuerdo de Libre Comercio en Panamá; aspira a profundizar sus vínculos con Centroamérica y el Caribe; participa con vocerìa única en las negociaciones para constituir el Área de Libre Comercio de las Amèricas (ALCA) y ha fortalecido sus relacionamiento con otros países, grupos de naciones y organismos internacionales.
Con los Estados Unidos, primer socio comercial, cuyos intercambios ascendieron a 36.100 millones de dólares en 1997 la >Comunidad Andina creó en octubre de 1998 el Consejo sobre Comercio e Inversión. Por su parte, la ley de Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA), aprobadas en 1991 para apoyar la lucha contra las drogas, beneficia con reducciones arancelarias a la mayoría de las exportaciones de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú al mercado estadounidense y se aspira a que sus ventajas se extiendan a Venezuela.
Con la Unión Europea, segundo socio comercial e inversionista extranjero la Comunidad Andina suscribió en 1992 un Acuerdo Marco de Cooperación de "Tercera generación" mantiene un diálogo político entre los cancilleres andinos y la "troika" de la UE, y se beneficia del acceso al mercado Europeo en virtud del Régimen Especial de Preferencias Andinas (SGP Andino), concebido como una forma de contribución a la lucha contra el narcotráfico.
La Comunidad Andina ha decidido establecer una Política Exterior Común que permitirá dar un mayor impulso a sus relaciones externas.
LA INTEGRACIÓN CONTINENTAL:
En los últimos años, el proceso de integración del continente americano ha conocido una dinámica sin precedentes. Se han multiplicado acuerdos subregionales y bilaterales de diferente carácter y alcances.
La profundización de la integración regional es uno de los rasgos del proceso de reformas económicas y políticas que han venido atravesando de los países de América Latina y el Caribe. Si bien este proceso tienen como objetivo insertar a los países de la región en el sistema económico internacional, también responde a la voluntad de Estados Unidos y Canadá por vincularse de una manera más estable e institucionalizado con las demás naciones del continente.
Dicho proceso está basado, fundamentalmente, en cuatro principios: regionalismo abierto, múltiples focos dinámicos, flexibilidad y convergencia.
LAS VENTAJAS:
Se ha concebido la integración andina como un proceso que busca alcanzar objetivos comunes no sólo en las áreas económicas y comercial, sino también en la social y la política, buscando aportar al bienestar de la población y propendiendo al uso eficiente de los recursos existentes. El proceso de integración no se entiende como un fin en sì mismo, sino como un instrumento coadyuvante y complementario con los objetivos de desarrollo económico, político, y social de cada país participante.
A lo largo de sus treinta años de vigencia, el proceso andino de integración ha mostrado poseer características que le han permitido hasta el momento y seguramente también en el futuro superar las dificultades y aprovechar los momentos de avance que ocurren en el devenir histórico de nuestras naciones. Una institucionalidad sólida, una experiencia en el continente en la construcción de una legislación comunitaria, unos resultados que muestran su fortaleza no sólo en los terrenos económicos y comerciales y unas raíces y valores comunes, al lado de una posición geográfica favorable, harán que la Comunidad Andina juegue un papel decisivo en la construcción de la integración continental.
EL SISTEMA ANDINO DE INTEGRACIÓN (SAI): Conjunto de órganos e instituciones que trabajan estrechamente vinculados entre si y cuyas acciones están encaminadas a lograr los mismos objetivos: profundizar la integración subregional andina, promover su proyección externa y robustecer las acciones relacionadas con el proceso.
LA INSTITUCIONALIDAD ANDINA:
No existe en el continente otro proceso de integración subregional con un tejido institucional y organizacional más amplio y desarrollo de la comunidad andina. El Sistema Andino de Integración está conformado por instancias que, con diversos grados de desarrollo y organicidad, conforman su estructura institucional.
En primer lugar cuenta con diversas instituciones básicas: El Consejo Presidencial Andino, El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, La Comisión de la Comunidad Andina, El Tribunal de Justicia, y el Parlamento Andino.
Además, hay otras instituciones de apoyo al proceso de integración, como La Corporación Andina de Fomento ( CAF), el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR), El Convenio Andrés Bello, El Convenio Hipólito Unanue, El Convenio Simón Rodríguez y la Universidad Andina Simón Bolívar, El Consejo Consultivo Empresarial, y el Consejo Consultivo Laboral.
Por último, existen múltiples asociaciones y organizaciones privadas y públicas que conforman un denso tejido social y organizativo en torno a las instituciones fundamentales del proceso de integración andina.
LOS DESAFIOS:
En el escenario que presentan el continente Americano y el mundo del siglo venidero parece realista y prudente fortalecer las ventajas que nos ofrecen la Integración Andina y solventar algunas de sus debilidades. Las tareas más importantes para el futuro inmediato deben estar destinadas a fortalecer el mercado común, promover las relaciones externas comunes, avanzar en el área de la integración física, asegurar la integración y desarrollo fronterizo y establecer una agencia social. De cumplir con estas tareas la Comunidad Andina se transformará en una base sólida para la integración continental y contribuirá a la defensa de los intereses de nuestras naciones en las negociaciones continentales y mundiales en curso.
MERCADO COMUN:
Todo proceso de integración atraviesa por diferentes etapas que se diferencian entre si por el grado de profundidad de los compromisos que asumen sus países miembros.
En una zona de libre comercio considerada como la primera etapa, el único compromiso es la apertura recíproca de los mercados nacionales que se consigue eliminando aranceles y restricciones del comercio; en una Unión Aduanera, a la apertura interna se le añade la adopción de un arancel externo común, uniforme aplicable a las importaciones provenientes de los no socios; y en un Mercado Común, se agrega a la liberación de comercio de bienes y servicios, la de los factores productivos (capital y trabajo).
POLÍTICA EXTERIOR COMUN:
PRIMEROS PASOS:
El Acuerdo de Cartagena, en su parte preambular, subraya la voluntad de los Países Miembros de sentar las bases que permitan avanzar hacia la formación de una comunidad subregional y que la integración es un mandato histórico, político, económico, social y cultural de los países andinos para preservar su soberanía e independencia.
En 1979, a partir del Mandato de Cartagena, aprobado por los presidentes andinos con ocasión del décimo aniversario de la suscripción del Acuerdo de Cartagena, los Cancilleres de los Países Miembros empezaron a actuar conjuntamente en la escena internacional, dando inicio a un proceso de concertación política que tuvo importantes resultados, en apoyo a la consolidación de los procesos de transición democrática que se desarrollaban en esos momentos en varios países latinoamericanos.
El reconocimiento que suscitaron estas políticas estimuló a los gobiernos para que firmaran en Lima, en noviembre de 1979, el instrumento constitutivo del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo Andino, cuya primera atribución era la de formular la Política Exterior conjunta.
En 1980, los Presidentes firmaron en Riobamba, Ecuador, la Carta de Conducta que estableció el carácter democrático que debe regir el ordenamiento político subregional, así como su compromiso con el respeto a los derechos humanos como norma fundamental de conducta interna de los Países Miembros.
CRISIS Y RELANZAMIENTO:
La crisis de los años 80 en América Latina significó para el proceso de integración andina una parálisis casi total, de la que no se sustrajo el novel mecanismo del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Sin embargo, el éxito de la experiencia andina fue ejemplar en el sentido que inspiró la conformación del Grupo de Contadora, al que se le sumó luego el Grupo de Apoyo de Lima.
En el Manifiesto de Cartagena de Indias, aprobado en 1989, los Presidentes andinos encargaron al Consejo de Cancilleres el examen, conjuntamente con la Comisión integrada por los Ministros de Comercio Exterior o Integración, de la marcha del proceso de integración y la preparación de la Agenda de las Reuniones Cumbres, a fin de facilitar la adopción de las grandes decisiones del proceso de integración.
El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores fue finalmente incorporado al ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartagena a través del Protocolo de Trujillo de 1996, con capacidad de adoptar Decisiones de carácter vinculante y con el mandato de: "Formular la política exterior de los Países Miembros en los asuntos que sean de interés subregional, así como orientar y coordinar la acción externa de los diversos órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración".
En el Protocolo de Sucre, suscrito en junio de 1997, se consagró definitivamente la Política Exterior Común. Un año más tarde, en el X Consejo Presidencial Andino celebrado en Guayaquil, los Jefes de Estado instruyeron al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores que establezca una agenda de política exterior que sirva de base para la "definición de una política exterior y una estrategia comunitaria que permita la proyección de la Comunidad Andina en el contexto internacional". La reunión del año siguiente en Cartagena propulsó su puesta en marcha.
En efecto, los Países Miembros de la Comunidad Andina consideran que la integración constituye un mandato histórico, político, económico, social y cultural de sus países a fin de preservar su soberanía e independencia. Igualmente, como se había explicado anteriormente, el Acuerdo de Cartagena, norma suprema de la integración andina, se fundamenta en los principios de igualdad, justicia, paz, solidaridad y democracia y, entre cuyos objetivos están, el de disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los países en el contexto económico internacional.
Es así como el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores decidió, en mayo de 1999, formular una Política Exterior Común a través de la Decisión 458 que establece los "Lineamientos de la Política Exterior Común (PEC)" y comprende sus principios, objetivos, criterios, mecanismos, modalidades y áreas de acción. Ella se constituye en un instrumento necesario para elevar el grado de cooperación política y marcar el inicio de una nueva etapa en el proceso de integración andino. La Política Exterior Común debe contribuir a fortalecer la identidad y cohesión de la Comunidad Andina, a proporcionar una mayor presencia e influencia internacional y su articulación y convergencia con los demás procesos de integración existentes en América Latina y el Caribe.
PRINCIPIOS DE LA PEC:
La PEC se fundamenta en los siguientes valores compartidos:
El respeto a los principios y normas del derecho internacional consagrados en la ONU y OEA
La identidad común andina
La paz y seguridad subregional e internacional y la solución pacífica de controversias
La vigencia del orden democrático fundado en la participación ciudadana y en la justicia social
La defensa y promoción de los derechos humanos
La solidaridad y la cooperación entre los países andinos
El desarrollo social y económico de los Países Miembros
La consolidación de la integración latinoamericana
Objetivos
Sus objetivos son:
La defensa y promoción de la identidad, de los valores y de los derechos e intereses comunes
El fortalecimiento de la paz y seguridad
El incremento de la capacidad de negociación internacional
La consolidación y profundización del proceso de integración
La integración latinoamericana y el fomento de la estabilidad, la paz y la solidaridad de la región
El reforzamiento del multilateralismo y la democratización de las relaciones internacionales
El desarrollo y consolidación de la democracia y del Estado de Derecho, así como la promoción y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales
La erradicación de la pobreza extrema, el fomento de la participación ciudadana y el mejoramiento persistente en el nivel de vida de la población andina
La promoción del desarrollo sostenible de la Subregión y la preservación del medio ambiente a nivel internacional
La lucha contra el problema mundial de la droga
El combate de la corrupción, la lucha contra el terrorismo y otras formas de crimen organizado
Criterios de la PEC
La Política Exterior Común se guía por los siguientes criterios básicos:
Responde a los intereses comunes andinos, rescata experiencias pasadas y guarda coherencia con las políticas exteriores nacionales de los Países Miembros.
Comprende aspectos políticos, económicos, comerciales y socio-culturales y es la expresión de un proceso de integración cada vez más profundo que se proyecta internacionalmente.
Su formulación y ejecución se rige por la gradualidad, integralidad y flexibilidad.
Mecanismos de la PEC
La Política Exterior Común se formula y ejecuta a través del Consejo Presidencial Andino, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la Reunión de Viceministros de Relaciones Exteriores o de Funcionarios de Alto Nivel.
La Comisión de la Comunidad Andina ejecuta las acciones de la política exterior comunitaria en el ámbito de sus competencias, en coordinación con el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.
MODALIDADES DE ACCION DE LA PEC:
Las modalidades de acción comprenden la adopción de posiciones comunes, acciones conjuntas y vocerías únicas, incluyendo la concertación de votaciones y candidaturas. Asimismo, comprende la coordinación regular entre las Misiones Diplomáticas y Representaciones de los Países Miembros ante terceros países y en organismos internacionales y, eventuales representaciones diplomáticas conjuntas.
Áreas de acción
Las áreas de acción son la política, económica y socio-cultural.
En lo político, están comprendidas la unidad regional, las relaciones extraregionales, democracia y derechos humanos, fortalecimiento del multilateralismo, seguridad y fomento de la confianza, desarrollo sostenible, drogas, corrupción, terrorismo y tráfico ilícito de armas.
En lo económico, abarca la integración regional, la promoción del libre comercio, el acceso preferencial, la cooperación internacional, la promoción comercial y las inversiones, el comercio de bienes y servicios, la inversión extranjera, el financiamiento internacional, la propiedad intelectual, agricultura, energía y transportes.
En lo socio-cultural, están la identidad andina, el desarrollo social y el patrimonio cultural.
Corresponde a los gobiernos de los Países Miembros ejecutar la Política Exterior Común. El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores establece las prioridades de la Política Exterior Común y coordina su ejecución a través de la Secretaría Pro Témpore del Consejo, a cargo de la Cancillería andina del país que ejerce la presidencia anual de la Comunidad Andina, con el apoyo técnico de la Secretaría General.
En febrero de 2000 el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó, mediante la Decisión 475, la "Directiva No. 1" por la que se fijan los criterios y pautas para la programación y ejecución de la PEC. En abril del mismo año se reglamentó su seguimiento a través de la Decisión 476, conforme a las prioridades establecidas por el Consejo. Ese seguimiento está a cargo de un funcionario de alto nivel designado por cada Cancillería andina, que tiene por función coordinar la ejecución de las acciones y negociaciones de la agenda de la Política Exterior Común en su respectivo país y sus labores específicas están determinadas por la misma Decisión.
QUE SE ESPERA OBTENER CON LA REFORMA ARANCELARIA:
Los beneficios de la conformación de una unión aduanera son ampliamente reconocidos y, en el caso de la Comunidad Andina, es previsibles que éstos se repliquen. Todos ellos se resumen en lo que podría denominarse una "ganancia de horizonte" para la actuación de los diferentes agentes privados o públicos, en el circuito económico de los países integrantes: La Unión Aduanera significa la existencia de un mayor tamaño del mercado el comercio y los proyectos de inversión.
Un AEC, por su condición comunitaria, favorece la estabilidad de mediano plazo.
Se establece de manera directa una mayor disciplina en la administración del arancel.
La reducción o eliminación de diferencias arancelarias entre los países socios genera condiciones de competencia más equitativas para el comercio entre ellos.
EL ARANCEL COMUN:
El Arancel Externo Común (AEC) de la Comunidad Andina fue adoptado, por medio de la Decisión 370 de la Comisión, el 26 de noviembre de 1994, después de dos años de intensa negociación. La Decisión fue suscrita por todos los países excepto Perú, que hasta la fecha se mantiene al margen de los compromisos en esta materia.
Su puesta en vigencia, el 1º de febrero de 1995, permitió configurar una Unión Aduanera, que implica la existencia de una zona de libre comercio entre los países miembros y un arancel externo común para las importaciones procedentes de terceros.
CARACTERÍSTICAS DEL AEC:
El mecanismo cuenta con una estructura escalonada de 4 niveles básicos de 5%, 10%, 15% y 20% (Anexo 1 de la Decisión 370) y con una serie de modalidades de diferimiento arancelario que permiten a los países apartarse de la estructura básica mediante reglas establecidas en la misma Decisión.
Bolivia, en su condición de país mediterráneo, aplica dos niveles (Anexo 1); Ecuador puede apartarse en cinco puntos respecto a la estructura básica para un grupo de 900 subpartidas (Anexo 2). Existe una Lista de Ceros (arancel 0%) para 34 subpartidas (Anexo 3) y una Lista de Excepciones que se desmontaría gradualmente (Anexo 4), así como una Nómina de Bienes No Producidos, subpartidas para las cuales los países pueden reducir el arancel hasta 0% en tanto se trate de materias primas o bienes de capital (Resoluciones 492 y 520 de la Secretaría General).
La última actualización de los anexos de la Decisión 370 está contenida en la Decisión 465 del 25 de mayo de 1999.
Otros acuerdos, derivados de la misma Decisión 370, tienen efecto directo sobre la política arancelaria comunitaria, en particular los referidos al sector agropecuario (ver Sistema Andino de Franjas de Precios Agrícolas) y el sector automotor (ver Convenio Automotor).
Las modalidades de diferimiento han hecho que el promedio arancelario de los países sea sustancialmente menor que el de la estructura básica del AEC.
Comunidad AndinaArancel promedio nominal 2001 | ||
AEC (Anexo 1 D.370) | 13.6 | |
Bolivia | 9.6 | |
Colombia | 11.6 | |
Ecuador | 11.2 | |
Perú (*) | 11.6 | |
Venezuela | 11.9 |
(*) No hace parte del AEC
Tras seis años de efectiva aplicación del AEC, el propósito de profundizar el proceso de integración andino mediante la construcción de un Mercado Común a más tardar el 31 de diciembre de 2005, ha planteado la necesidad de efectuar un ajuste en materia arancelaria comunitaria, teniendo en cuenta que, en un escenario de profundización de las relaciones comerciales entre los socios y con terceros países, las imperfecciones del AEC podrían comprometer el óptimo desempeño del mecanismo y limitar un adecuado desarrollo de las corrientes comerciales al interior de la subregión y de ésta con el mundo, menoscabando los propósitos fundamentales del mismo en la configuración del mercado ampliado andino.
En tal sentido, en la XIII reunión del Consejo Presidencial Andino, los jefes de Estado dieron un mandato puntual para desarrollar un programa de trabajo conducente al efectivo y pleno funcionamiento de la Unión Aduanera mediante la adopción de un nuevo AEC. Desde el seno de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y la Secretaría General, se han venido encauzando importantes esfuerzos por alcanzar dicho propósito, cuyos resultados están previstos para mediados del 2002.
A través de la Declaración de Macchu Picchu, los presidentes de los países miembros de la Comunidad Andina, reunidos con motivo de la toma de posesión del Presidente del Perú, Alejandro Toledo, expresaron su "decidida voluntad política para aprobar un nuevo arancel común antes del próximo Consejo Presidencial Andino, lo cual unido a la ejecución de los compromisos en materia de circulación de personas, pasaporte andino e integración y desarrollo fronterizo, asegurará el establecimiento del Mercado Común Andino en el año 2005".
La viabilidad de lograr la consolidación, se fundamenta en la confluencia de condiciones favorables, tanto en el entorno de la CAN como en el nuevo AEC Andino. En primer lugar, existe una gran aproximación de las políticas arancelarias de los países andinos, tanto en niveles como en criterios de asignación de aranceles. El 70% del universo arancelario tiene el mismo arancel para Colombia, Ecuador y Venezuela y la nueva estructura del arancel de Perú es muy cercana a la que tienen los demás Países Miembros.
En el caso particular de Perú, la existencia en la actualidad de un cronograma para la desgravación total del comercio con los demás países miembros hace que la eventual adopción adicional del AEC sea no solo más viable, sino más adecuada para evitar que las diferencias en las estructuras arancelarias coloquen al país en una clara desventaja competitiva.
En segundo lugar, el entorno internacional se caracteriza por la existencia de aranceles bajos en todo el hemisferio y la proliferación de negociaciones comerciales, especialmente en el hemisferio, que buscan una masiva reducción de aranceles en el mediano y largo plazo.
PROTOCOLOS
EL PROTOCOLO DE AREQUIPA:
Este periodo, que abarca de abril de 1978 cuando se firma el protocolo de Arequipa hasta finales de 1983, inicia una etapa en la cual la crisis de la deuda externa y los problemas políticos hicieron que la velocidad inicial del proceso fuesen disminuyendo. Sin embargo, la Comisión del Acuerdo de Cartagena mantuvo la producción legislativa. Se diò especial énfasis al montaje de todos los programas sectoriales de desarrollo industrial. 1983 fue uno de los años de más alta producción legislativa, pero iba a ser seguido de uno de crisis profunda: En 1984 se aprobó solo una Decisión, referida al presupuesto anual de la Junta de Acuerdo de Cartagena.
Es conveniente señalar que durante este periodo se aprobó el tratado de creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena (1979), que entró en vigencia en 1983.
EL PROTOCOLO DE QUITO (mayo de 1987):
En esa oportunidad, la Comisión del Acuerdo de Cartagena negoció un paquete de diez Decisiones, dentro de las cuales estaba la propuesta de la modificación del acuerdo.
El protocolo de Quito, aprobado sobre la base de la propuesta mencionada, preservó la filosofía y los objetivo esenciales del Acuerdo de Cartagena pero introdujo importantes modificaciones tendientes a las flexibilización, complementación y ampliación de los mecanismos de integración.
EL "NUEVO" GRUPO ANDINO:
Este periodo se caracteriza por un "cambio de piel" del Grupo Andino, que luego de la firma del protocolo de Quito, en mayo de 1987, entro en una dinámica integracionista cada vez más acelerada hasta finales de 1991.
Las bases conceptuales sobre las cuales se iba a construir una acciòn cada vez más profunda en el proceso integrador quedaron establecidas en tres documentos fundamentales: el Acta de Galápagos, el Acta de la Paz y el Acta de Barahona.
Estas bases no fueron las mismas sobre las cuales se fundamentó el esquema de integración en la década de los sesenta. Los cambios ocurridos en las economías de los Países Andinos y las nuevas orientaciones adoptadas por los gobiernos iban a determinar profunda modificación en la forma de concebir la integración y el modo de realizarla.
EL ACTA DE GALÁPAGOS ( diciembre de 1989):
La nueva orientación del grupo Andino se viò reforzada con particular relevancia y proyección hacia la inserción competitiva internacional cuando se suscribió el Acta de Galápagos, que contenía el Diseño Estratégico para la orientación del Grupo Andino.
El Diseño estratégico postuló dos grandes objetivos para la acciòn del Grupo Andino en la década de los noventa: a)consolidar el espacio económico andino y b)mejorar su articulación con el contexto internacional y reforzar su contribución a la unidad latinoamericana.
RETIRO DE CHILE Y EL PROTOCOLO DE LIMA:
Este periodo comienza con el retiro de Chile, en octubre de 1976. De este modo el Pacto Andino quedó con la composición que mantiene hasta el presente; es decir, integrado por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Durante este periodo se firmó un protocolo modificatorio que cambió los plazos establecidos en el acuerdo de Cartagena y en el Protocolo firmado con Venezuela. Este periodo concluye poco antes de la firma del Protocolo de Arequipa en abril de 1978.
RETIRO DE CHILE:
El 11 de septiembre de 1973 cayó el gobierno democrático del Presidente Salvador Allende y fue Sustituido por un régimen militar que modificó radicalmente la posición de Chile en el área económica y en especial en sus relaciones con el Grupo Andino. Muy pronto comenzó un largo proceso de negociaciones que culminó en el Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena, firmado el 5 de octubre de 1976. En él se creó una comisión especial formada por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y Chile, por otra, con el objeto de que un plazo de 24 días se acordarse un régimen especial y por plazo definido durante el cuál esta nación se sujetaría a los derechos y obligaciones derivados de su condición de País Miembro del Acuerdo de Cartagena. Se combina que, si no se alcanzaba ningún arreglo, Chile se retiraría del Acuerdo renunciando a todos sus derechos y obligaciones a partir del 30 de octubre de 1976. La salida de Chile del Grupo Andino significó un duro retroceso. Muchos años después, en la ciudad de sucre, los presidentes andinos plantearían la idea de la conformación de un espacio sudamericano de integración cuya base sería la Zona de Libre Comercio entre el MERCOSUR y la Comunidad Andina.
PROTOCOLO DE LIMA (octubre de 1976):
En la misma fecha en que Chile se retiró Andino, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela aprobaron el Protocolo de Lima, que modificó los plazos establecidos en el Protocolo firmado con Venezuela y que introdujo nuevas flexibilidades al cronograma propuesto inicialmente, producto de la coyuntura que atravesaban los Países Miembros y del reciente retiró de Chile.
Este protocolo estableció una ampliación de tres años de los plazos previstos en el Acuerdo para el cumplimiento del Programa de Liberación y del AEC, y estableció que a más tardar el 31 de diciembre de 1978 se aprobaría el AEC. El 31 de diciembre de 1979, los Países Miembros comenzarían el proceso de aproximación al AEC de los gravámenes aplicables en sus aranceles nacionales a las importaciones de producto no originario de la subregión en forma anual, automática y lineal, de modo que quedase en plena vigencia en 31 de diciembre de 1983 en Colombia, Perú y Venezuela y el 31 de diciembre de 1988 en Bolivia y Ecuador.
Colombia, Perú y Venezuela eliminarán el 31 de diciembre de 1977 los gravámenes aplicables a las importaciones originarias de Bolivia y Ecuador. Se establecía que, aunque el Programa de Liberación debía concluir el 31 de diciembre de 1980, la comisión podría incluir en los programas sectoriales de desarrollo industrial programas de liberación cuyo plazo excediese el 31 de diciembre de 1982, estableciendo en tal caso, a favor de Bolivia y Ecuador, plazos adicionales a los de los demás Países Miembros.
COMIENZOS DEL PROCESO:
Este periodo, que abarca desde la creación del Pacto Andino en mayo de 1969 hasta febrero 1973 fecha de ingreso de Venezuela se caracterizó por un trabajo sistemático de la Comisión y de la junta del Acuerdo de Cartagena para poner en marcha el tratado recién firmado en los diferentes campos de acciòn del proceso de integración subregional.
EL INGRESO DE VENEZUELA:
Este periodo que abarca desde el momento en que venezuela ingresa oficialmente al Grupo Andino en febrero de 1973 hasta el momento en que Chile se retira de èl en octubre de 1976 estuvo asignado por el esfuerzo de la Comisión y de la junta del Acuerdo de Cartagena para absorber estos dos cambios fundamentales en la composición del Pacto. En 1973 culminaba el proceso de negociaciones para el ingreso de Venezuela y prácticamente comenzaba el retiro de Chile.
PARTICIPACIÓN DE VENEZUELA:
Las negociaciones entre el Grupo Andino y Venezuela terminaron en febrero de 1973. Se estipuló que dentro de los ciento veinte días siguientes a la fecha en que Venezuela depositase en la Secretaría de la Comisión el instrumento de su ashesiòn de Acuerdo de Cartagena, procedería a eliminar totalmente de gravámenes y restricciones la importación de una serie de productos originarios del Grupo Andino, tomaría como punto de partida para el cumplimiento del Programa de Liberación el nivel alcanzado en la fecha indicada por Colombia, Chile y Perú y eliminaría los gravámenes mediante reducciones anuales de un 10% del punto inicial de desgravación, hasta llegar a la liberación total el 31 de diciembre de 1980. Venezuela estaría equipada con Colombia, Chile, y Perú y tendría los mismos derechos y obligaciones que ellos.
Venezuela iniciará el proceso de aproximación al AEMC el 31 de diciembre de 1973 y lo cumpliría en forma anual, lineal y automática, de modo que quedase en plena ejecución el 31 de diciembre de 1975.
Se previó que la participación de Venezuela en la programación metalmecánica no podría afectar la eficacia de las asignaciones hechas a Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú y Venezuela procuraría no alentar la producción en su territorio de estos productos asignados.
La corporación Andina de Fomento (CAF), institución financiera de integración andina que cumple las funciones de banco de desarrollo, banco de inversiones, banco de comercio y agencia de promoción económica- financiera.
En Convenio Andrés Bello, creado para preservar la identidad cultural andina y realizar esfuerzos conjuntos a través de la educación, la ciencia y la cultura. Lo integran los cinco Países andinos, además de Chile, España y Panamá, el Instituto Internacional de Integración y el Instituto de Transferencias de Tecnologías Apropiadas.
El Convenio Hipólito Unanue, suscrito con el objeto de efectuar acciones coordinadas para resolver los problemas de salud vinculados con las enfermedades transmisibles y las migraciones poblacionales en zonas fronterizas, la desnutrición materno-infantil.
El Convenio Simón Rodríguez, suscrito con el objeto de adoptar estrategias y planes de acciòn que busquen el mejoramiento integral de las condiciones de vida y de trabajo en los Países Miembros.
La Asociación de Empresas Estatales de Telecomunicaciones del Acuerdo Subregional Andino (ASETA), cuya finalidad es estudiar promover y recomendar a sus miembros acuerdos y medidas específicas con el objeto de lograr una amplia cooperación y entendimiento para facilitar el desarrollo y la mejor utilización de los medios y servicios de telecomunicaciones a favor de la Integración Andina.
El Fondo Andino de Reservas, que tuvo como propósito apoyar las balanzas de pago de los Países Miembros, contribuir a la harmonización de las políticas cambiarias, monetarias y financieras y mejorar la liquidez de las inversiones de reservas internacionales efectuadas por los Países Miembros.
El Tribunal Andino de Justicia, órgano jurisdiccional del Grupo Andino que asegura la aplicación del ordenamiento jurídico y su interpretación uniforme y dirime las controversias que surjan de su aplicación con total independencias de los gobiernos y demás órganos del Acuerdo.
El Parlamento Andino, que es el órgano común deliberante del proceso de integración. Tiene atribuciones para examinar la marcha del proceso de integración, mantener relaciones de cooperación con los países Miembros, proponer medidas que coadyuven a la aproximación de las legislaciones y emitir decisiones o recomendaciones sobre la marcha del proceso de integración.
El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, que tiene la atribución de orientar y coordinar la acciòn de los diversos órganos del Sistema Andino de Integración, contribuir a la formulación de la política general del proceso de integración y determinar los medios para la ejecución de las acciones de la política exterior conjunta.
El Instituto Laboral Andino, órgano dependiente del Concejo Consultivo Laboral Andino cuya finalidad es desarrollar programas de capacitación, investigación y asesorìa del Consejo Consultivo y de las centrales sindicales de los Países Miembros.
LA EVOLUCION LEGISLATIVA:
No sería posible comprender a la Comunidad Andina de hoy sin considerar que es el resultado de un desarrollo de tres décadas en las cuales, como en todo proceso social, ha habido momentos de avance y estancamiento debido a las circunstancias políticas y económicas que han atravesado los Países Miembros.
Hemos intentado periodizar esta historia de treinta años recogiendo los momentos de inflexión más importantes que han experimentado la Comunidad Andina. Un primer periodo abarca desde su nacimiento (1969) hasta la firma del Protocolo de Quito (1987).
Como se verá, este fue un momento de avance inicial y posterior estancamiento. El siguiente periodo es de recuperación y avance dinámico. Sin temor a equivocarnos podemos afirmar que es el momento de mayor dinamismo del Grupo Andino y el más rico de su historia. Esta etapa culmina con la Reunión Presidencial de Barahona(1991). Luego se inicia un periodo que hemos caracterizado para alcanzar la plena conformación de la zona de libre Comercio de Sucre (firmado en Quito en 1997) la recientemente creada Comunidad Andina entra en una nueva etapa; la construcción de un Mercado Común.
GENESIS, AUGE Y ESTANCAMIENTO:
El Acuerdo de Cartagena fue suscrito por los delegados planipotenciaros de Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú, luego de un proceso de negociaciones que comenzó con las Declaraciones de Bogotá. Así nace uno de los procesos de integración más estructurados de América y de todo el mundo en desarrollo.
LAS BASES INSTITUCIONALES:
Con la firma del Acuerdo de Cartagena se crearon las bases institucionales de la Integración Andina. Sus órganos principales fueron:
La Comisión del Acuerdo de Cartagena, órgano máximo del Acuerdo, que decide sobre las normas indispensables para su ejecución, permite la coordinación de los planes de desarrollo y la harmonización de las políticas económicas de los planes Andinos y vela por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Acuerdo.
La Junta del Acuerdo de Cartagena, que ejercía funciones de proposición y ejecución. Se creó para establecer un sistema de equilibrio institucional que armoniza los interesas de los países Miembros y de la Subregión en su conjunto. Vela por la aplicación del Acuerdo y por el cumplimiento de las decisiones y mandatos de la comisión. Los miembros de la junta no representaban a ningún país: actuaban únicamente en función de los intereses de la subregión y no solicitaban instrucciones a ningún gobierno, entidad nacional o internacional.
El Acuerdo de Cartagena previó, asimismo, la formación de un Comité Consultivo y de un Comité Asesor Económico y Social como órganos auxiliares.
Inmediatamente después de su creación, la Comisión del Acuerdo de Cartagena comenzó un proceso de institucionalización del Grupo Andino, acordando decisiones sobre aspectos tales como la adopción del nombre Acuerdo de Cartagena, la delegación de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo Andino, cuya primera atribución era la de formular la Política Exterior conjunta.
En 1980, los Presidentes firmaron en Riobamba, Ecuador, la Carta de Conducta que estableció el carácter democrático que debe regir el ordenamiento político subregional, asì como su compromiso con el respeto a los derechos humanos como norma fundamental de conducta interna de los Países Miembros.
CRISIS Y RELANZAMIENTO:
La crisis de los años 80 en América Latina significó para el proceso de integración andina una parálisis casi total, de la que no se sustrajo el novel mecanismo del Concejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Sin embargo, el éxito de la experiencia andina fue ejemplar en el sentido que inspiró la conformación del Grupo de Contadora, al que se le sumó luego el Grupo de Apoyo de Lima.
En el manifiesto de Cartagena de Indias aprobado en 1989, los Presidentes andinos encargaron al Concejo de Cancilleres el examen, conjuntamente con la comisión integrada por los Ministros de Comercio Exterior o Integración, de la marcha del proceso de integración y la preparación de la Agenda de las Reuniones Cumbres, a fin de facilitar la adopción de las grandes decisiones del proceso de integración.
El Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores fue finalmente incorporado al ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartagena a través del Protocolo de Trujillo de 1996, con capacidad de adoptar Decisiones de carácter vinculante y con el mandato de "Formular la política exterior de los Países Miembros en los asuntos que sean de interés subregional, así como orientar y coordinar la acciòn externa de los diversos órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración.
El Protocolo de Sucre, suscrito en junio de 1997, se consagró definitivamente la Política Exterior Común. Un año más tarde, en el X Concejo Presidencial Andino celebrado en Guayaquil, los jefes de Estado instruyeron al Concejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores que establezca una agenda de política exterior que sirva de base para la "definición de una política exterior y una estrategia comunitaria que permita la proyección de la Comunidad Andina en el contexto internacional". La reunión del año siguiente en Cartagena propulsó su puesta en marcha.
En efecto, los Países Miembros de la Comunidad Andina consideran que la integración constituye un mandato histórico, político, económico, social y cultural de sus países a fin de preservar su soberanía e independencia. Igualmente, como se había explicado anteriormente, el Acuerdo de Cartagena, norma suprema de la integración andina, se fundamenta en los principios de igualdad, justicia, paz, solidaridad y democracia y, entre cuyos objetivos están, el de disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los países en el contexto económico internacional.
Es así como el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores decidió, en mayo de 1999, formular una Política Exterior Común a través de la Decisión 458 que establece los "Lineamientos de la Política Exterior Común (PEC)" y comprende sus principios, objetivos, criterios, mecanismos, modalidades y áreas de acciòn. Ella se constituye en un instrumento necesario para elevar el grado de cooperación Política Exterior Común debe contribuir a fortalecer la identidad y cohesión de la Comunidad Andina, a proporcionar una mayor presencia internacional y su articulación y convergencia con los demás procesos de integración existente en América Latina y el Caribe.
Mejora sustancialmente el poder de negociación para la CAN así como la imagen y presencia Internacional de la subregión.
Favorece la credibilidad económica y política de los Países Miembros.
Se facilita la aplicación de otras normas de índole que se relacionan con la política arancelaria.
EL ACTA DE BARAHONA (diciembre de 1991):
El VI Concejo Presidencial Andino decidió un programa concreto para la conformación de la Zona de libre Comercio y la adopción del AEC, estableció lineamientos específicos para el relacionamiento exterior del Grupo Andino y trazó directrices específicas para la transformación del Grupo Andino.
SUSPENSIÓN TEMPORAL DE PERU:
Luego de la firma del Acta de Barahona hubo tres elementos que condicionaron la posición de Perú en el Grupo Andino; la participación en la zona Libre Comercio, La discusión del AEC y la suspensión de relaciones entre Venezuela y Perú a raíz de los acontecimientos del 5 de abril de 1992 en Perú en los cuáles se disolvieron el Parlamento y la Corte Suprema de Justicia.
Esta crisis tuvo su expresión más acabada en el periodo de sesiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena celebradas el 25 de agosto de 1992 en el cual se aprobaron las decisiones 321 suspensión temporal de Perú, 322 Relaciones Comerciales con países de ALADI, Centroamérica y el Caribe, 323 Comisión de Alto Nivel sobre Competencias 324 Arancel Externo Común, Programa de Liberación e Incentivos a las exportaciones intrasubregionales y 325 Reestructuración de la Junta del Acuerdo de Cartagena.
LA PARTICIPACIÓN DE PERU EN EL GRUPO ANDINO:
La participación de Perú en el Grupo Andino, específicamente en la Zona de Libre Comercio y en el Arancel Externo Común, fue uno de los aspectos de Libre Comercio y en el Arancel Externo Común, fue uno de los aspectos más difíciles de resolver en el seno del Grupo Andino. Su participación en la Zona de Libre Comercio fue resuelta con el Protocolo de Sucre, en 1997 y el AEC aún está en proceso de consolidación.
LA DECISIÓN 353:
En abril de 1994, la comisión del Acuerdo de Cartagena adoptó la Decisión 353 participación de Perú en el Grupo Andino, en la cual se estableció que Perú en el Grupo Andino, en la cual se estableció que Perú reasumirá su plena participación en lo relativo a la adopción de decisiones sobre harmonizaciones de políticas macroeconómicas y sobre negociaciones comerciales conjuntas con terceros países pero que podrían mantener niveles arancelarios del 15 y 25% y que conservaría una condición equivalente a la de observador en las reuniones de la Comisión que se llevasen a cabo para tratar materias relacionadas con el AEC que diò origen a la Decisión 335, se encontraban con niveles arancelarios de 0% y 5%, y el 31 de diciembre de 1994 aquellas que se encontraban con un nivel arancelario del 10%. Esta decisión no fue ejecutada y más tarde la decisión 387 tuvo un importante retroceso en esta materia.
LA DECISIÓN 377:
Posteriormente, con el objeto de permitir la plena incorporación de Perú a la Zona de libre Comercio, los Países Miembros se comprometieron a adoptar antes del 31 de enero de 1996 un sistema de derechos correctivos dirigidos a resolver las distorsiones que afectan al comercio intrasubregional derivadas de la aplicación de distintos aranceles externos, reforzar las normas generales para la calificación del origen de las mercaderías y de los procedimientos para fijar requisitos específicos de origen (REO) así como los sectores objeto de su aplicación, eliminar las subvenciones intrasubregionales y no aplicar beneficios derivados del Programa de Liberación por las exportaciones de productos provenientes de zonas francas. Por su parte el Perú se comprometía a tomar una decisión definitiva sobre su reincorporación plana a la zona de Libre Comercio al 31 de enero de 1996 o antes, en función del cumplimiento de los compromisos señalados.
EL ACTA DE GUAYAQUIL (abril de 1998):
El X Consejo Presidencial Andino examinó la evolución del proceso de integración Andino desde la anterior Reunión Cumbre y acordó un conjunto de directivos para orientar la marcha del proceso.
Al manifestar su complacencia por la puesta en vigencia del Protocolo de Trujillo que estableció el Sistema Andino de Integración resaltó el grado de flexibilidad y compromiso de los Países Miembros para llegar a un acuerdo sobre la Zona Andina de Libre Comercio que diò un nuevo impulso y vitalidad a la marcha del proceso de integración.
Asimismo destacó el positivo comportamiento de los principales indicadores económicos de la subregión particularmente en lo referido a l crecimiento del Comercio intrasubregional; el importante volumen de operaciones aprobadas por la Corporación Andina de Fomento y la Capacidad de operaciones aprobadas por la Corporación Andina de Fomento y la Capacidad de operaciones aprobadas por la Corporación Andina de Fomento y la capacidad y solvencia financiera alcanzada por el Fondo Latinoamericano de Reservas. Resaltó también la labor del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en su función de vigilancia de cumplimiento de las obligaciones comunitarios y el papel del Parlamento Andino como vehículo fundamental para propiciar en el campo político la integración de los pueblos andinos.
Datos básicosNombre oficial:República del PerúIdioma oficial:EspañolCapital:Lima
Directorio de Autoridades (*)Presidente de la República: Alejandro Toledo ManriqueMinistro de Relacionas Exteriores : Diego García SayánMinistro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales: Raúl Diez Canseco Terry(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión
Datos Económicos
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 25 662 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 53 902 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 3,6% | ||
Producto Percapita | dólares | 2 100 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 3,7% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 1,0% | ||
Tipo de Cambio | Nuevos soles por dólar (dic) | 3,52 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 6 794 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 7 401 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 8 180 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 27 225 |
Datos básicosNombre oficial:República de EcuadorIdioma oficial:EspañolCapital:QuitoDirectorio de Autoridades (*)Presidente: Gustavo Noboa BejaranoMinistro de Relaciones Exteriores: Heinz Moeller FreileMinistro encargado de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca: Richard Moss(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión.
Datos Económicos
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 12 646 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 13 921 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 1,8% | ||
Producto Percapita | dólares | 1 101 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 91,0% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 42,2% | ||
Tipo de Cambio | Sucres por dólar (dic) | 25 000 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 4 822 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 3 569 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 1 180 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 12 821 |
Datos básicosNombre oficial: República de BoliviaIdioma oficial: EspañolCapital: Sucre (constitucional)La Paz (administrativa)
Directorio de Autoridades (*)Presidente: Jorge Quiroga Ramírez(Presidente del Consejo Presidencial Andino)Ministro de Relaciones Exteriores y Culto: Gustavo Fernández(Presidente del Consejo de Ministros de RR.EE.)Ministro de Comercio Exterior e Inversión: Claudio Mansilla Peña(Presidente de la Comisión)(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión.
Datos Económicos
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 8 329 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 8 281 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 2,4% | ||
Producto Percapita | dólares | 994 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 3,4% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 6,5% | ||
Tipo de Cambio | Bolivianos por dólar (dic) | 6,4 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 1 457 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 1 849 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 1 085 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 6 368 |
Datos básicosNombre oficial: República de ColombiaIdioma oficial: EspañolCapital: Santafé de BogotáDirectorio de Autoridades (*)Presidente: Andrés PastranaMinistro de Relaciones Exteriores: Guillermo Fernández de SotoMinistra de Comercio Exterior: Marta Lucía Ramírez de Rincón(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión.
Datos Económicos
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 42 321 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 82 256 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 2,8% | ||
Producto Percapita | dólares | 1 944 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 8,8% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 15,8% | ||
Tipo de Cambio | Pesos por dólar (dic) | 2 186,2 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 13 127 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 11 539 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 9 004 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 32 712 |
Datos básicosNombre oficial: República de ColombiaIdioma oficial: EspañolCapital: Santafé de Bogotá
Directorio de Autoridades (*)Presidente: Andrés PastranaMinistro de Relaciones Exteriores: Guillermo Fernández de SotoMinistra de Comercio Exterior: Marta Lucía Ramírez de Rincón(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión.
Datos Económicos:
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 42 321 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 82 256 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 2,8% | ||
Producto Percapita | dólares | 1 944 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 8,8% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 15,8% | ||
Tipo de Cambio | Pesos por dólar (dic) | 2 186,2 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 13 127 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 11 539 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 9 004 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 32 712 |
Datos básicosNombre oficial: República Bolivariana de VenezuelaIdioma oficial:EspañolCapital:Caracas
Directorio de Autoridades (*)Presidente de la República: Hugo Chávez FríasMinistro de Relaciones Exteriores : Luis Alfonso DávilaMinistro de Producción y Comercio: Luisa Romero(*) Autoridades ante el Consejo Presidencial Andino, Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Comisión.
Datos Económicos
Variable | Unidades | 2000* | ||
Población | miles de habitantes | 24 170 | ||
Producto Interno Bruto | millones de dólares | 120 489 | ||
Producto Interno Bruto | tasa de crecimiento anual | 3,2% | ||
Producto Percapita | dólares | 4 985 | ||
Inflación | variación acumuladaene-dic | 13,4% | ||
Devaluación | variación acumuladaene-dic | 8,6% | ||
Tipo de Cambio | Bolívares por dólar (dic) | 697,8 | ||
Exportaciones FOB al Mundo | millones de dólares | 31 400 | ||
Importaciones CIF del Mundo | millones de dólares | 15 278 | ||
Reservas Internacionales Netas | millones de dólares | 14 179 | ||
Deuda Externa | millones de dólares | 33 308 |
BIBLIOGRAFÍA
*Libro Balance y perspectivas de la Comunidad Andina
Hector Maldonado Lipa
*Folleto de la Secretarìa General de la Comunidad Andina
*Pàgina Web: www.comunidadandina.com.pe
Autor:
Erika Geraldine Zarate Tinoco
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |